Las Normas FIS deben considerarse como un modelo ideal de conducta para el esquiador y el snowboarder responsable y su objetivo es evitar accidentes
en las pistas.
Las reglas FIS conciernen a todos los esquiadores y snowboarders, que deben conocerlas y respetarlas.
Quien provoca un accidente por haber infringido las Normas, puede ser responsable civil o penalmente.
Norma 1.
El esquiador y el snowboarder son responsables, no sólo de su propia conducta, sino también de su material defectuoso. Esto también se aplica a los
materiales recientemente desarrollados.
Norma 2.
Las colisiones son a menudo la consecuencia de velocidad excesiva, comportamiento incontrolado u observación insuficiente de la circulación sobre la pista.
El esquiador y el snowboarder deben ser capaces de pararse, girar o moverse dentro de su campo de visión.
Debe circularse lentamente en las áreas saturadas o sitios donde la visibilidad es reducida y especialmente en los cambios de rasante, al final de las
pistas y en los accesos a los remontes.
Norma 3.
El esquí y el snowboard son deportes de evolución libre donde cada uno puede ir donde le parezca respetando las normas y teniendo en cuenta su capacidad
personal y las condiciones dominantes en la montaña.
El esquiador o snowboarder que está delante tiene preferencia. El esquiador o snowboarder que viene por detrás de otro en la misma dirección debe mantener
una distancia suficiente entre él y el otro esquiador o snowboarder de forma que deje al que le precede espacio suficiente para moverse libremente.
Norma 4.
Un esquiador o snowboarder que adelanta a otro es completamente responsable hasta acabar la maniobra de forma que no cause ninguna dificultad al esquiador
o snowboarder adelantado. Esta norma se aplica incluso al adelantar un esquiador o snowboarder parado.
Norma 5.
La experiencia prueba que entrar en una pista o reanudar la bajada tras una parada pueden ser causa de accidentes. Es pues absolutamente esencial que un
esquiador o snowboarder que se encuentre en esta situación se introduzca en la pista sin causar obstrucciones y sin peligro para él o los otros.
Cuando un esquiador o snowboarder se encuentra en movimiento -aunque sea lentamente- se beneficia de nuevo del privilegio previsto en la norma 3 en relación
con los esquiadores y snowboarders más rápidos que vienen de arriba o por detrás.
El desarrollo de los esquís carving y las tablas de snowboard permite a los que las utilizan ejecutar virajes subiendo hacia arriba por las pistas. En este
caso, los usuarios se desplazan en dirección contraria al movimiento general de descenso. Es pues obligado que se aseguren con tiempo por un examen hacia
arriba de que pueden hacerlo sin provocar peligro para ellos mismos o los demás.
Norma 6.
Excepto en las pistas anchas, las paradas deben hacerse en los bordes de la pista. No debe pararse en sitios estrechos o donde sea difícil ser visto desde
arriba.
Norma 7.
Moverse al contrario de la circulación general pone obstáculos perturbadores e imprevisibles a los esquiadores y snowboarders.
Las huellas profundas hechas por los pies dañan la pista y son peligrosas para los esquiadores o snowboardes.
Norma 8.
Las pistas están balizadas según su grado de dificultad decreciente en negro, rojo, azul y verde. El esquiador o snowboarder es libre de elegir su pista.
Las pistas están también equipadas con otras señales que muestran la dirección y avisan de peligro o cierre. Estas señales deben ser respetadas
imperativamente en beneficio de los esquiadores y snowboarders.
Norma 9.
La asistencia a un esquiador o snowboarder en peligro es una obligación de moral deportiva cuando no una obligación legal. Consiste en prestar primeros
auxilios al accidentado, informar al servicio de salvamento y señalizar el lugar del accidente para alertar a otros esquiadores y snowboarders.
La FIS espera que el delito de fuga esquiando o en snowboard será sancionado penalmente como el delito de fuga en carretera en todos los países donde la
legislación no lo prevé ya.
Norma 10.
Las relaciones de los testigos son de gran importancia para redactar un informe del accidente completo y acertado. Todo el mundo debe cumplir con este
deber moral de persona responsable e informar como testigo.
Los informes de los servicios de salvamento y la policía así como las fotos ayudan considerablemente a determinar las eventuales responsabilidades.
C. Rural Aguas Frías I y II
La Omañuela, a 45km de pistas
Tlf. 639 54 65 62
La Quintana de Antón
Jomenaza, a 25 minutos de pistas
Tlf. 676 63 94 62
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